- Obligatoriedad: son servicios de creación obligatoria
por el estado a través de la constitución o ley, y se prestan por el estado o
por los particulares (concesiones) con la finalidad de satisfacer las
necesidades de interés general de la sociedad.
-
Continuidad: Implica que la prestación de los
servicios públicos debe hacerse en forma regular y continua, de manera
ininterrumpida, mas cuando se trata de servicios esenciales para el beneficio
de las respectivas comunidades.
-
Igualdad: este principio se entiende por la igualdad
que a todos los ciudadanos y ciudadanas, venezolanos y venezolanas en sociedad
se encuentran sometidos a las mismas normas y por ende a tener acceso a los
servicios prestados por la nación, con la misma continuidad, calidad y obligatoriedad
que así lo requiera la sociedad.
-
Mutabilidad: Se refiere que el servicio debe ser
mejorado a través del tiempo, se puede decir que debe ser progresivo para así
poder satisfacer las exigencias de la sociedad, cuando esta lo amerite.
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